Esta semana he estado reciclándome en materia de la reforma de la Ley Concursal en España. Estuvimos en el Hotel Monte Málaga, evento organizado por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas. entorno a la última actualización de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, que ya ha sido ya modificada en varias ocasiones, como antesala de la última actualización, que se recoge en la Ley 38/2011, de 10 de octubre, publicada en e BOE el 11, y que entrará en vigor el primero de enero de 2012.
Asistieron D. Enrique Sanjuan y Muñoz, Magistrado en excedencia y abogado, D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado del Juzgado Mercantil nº 1 de Málaga, Dña. Rocío Marina Coll, Magistrada del Juzgado Mercantil nº 2 de Málaga, D. Blas Alberto González Navarro, Magistrado del Juzgado Mercantil de Granada, y D. Juan Antonio Lozano López, Magistrado del Juzgado Mercantil de Almería.
Me quedo con la frase de la apertura de la ponencia del magistrado del nº 1 de Málaga: Virgencita, Virgencita, … Y es que esta reforma parece que está hecha con la punta de la nariz de los legisladores.
Para Sanjuan, la Ley favorece al crédito público, el concurso necesario y a los acreedores financieros. Todo lo contrario que hace, por ejemplo, la normativa inglesa. Es decir, no favorece para nada a la empresa concursada.
En síntesis y copiando a Enrique, un peligroso batiburrillo de mentiras, errores, contradicciones y desvaríos de la Ley. Así que si te dedicas a estos temas, ponte las pilas en el estudio.