jueves, 22 de noviembre de 2018

Hipotecante No Deudor – Deudor Hipotecante

Enrique Sanjuán y Muñoz, en un momento de su disertación
Estoy dedicando algunas tardes del mes de noviembre a reciclarme en Derecho Mercantil en general y Concursal en específico. La semana pasada estuve asistiendo a una ponencia de la Ilustrísima Sra. Magistrada Jueza del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, Dña. Rocío Marina Coll, que trató de la exoneración del pasivo insatisfecho (problemas prácticos y última jurisprudencia) y de los créditos contingentes, efectos y valoración, inclusión y exclusión de los mismos.

Y la sesión de ayer miércoles, la disfruté en los salones del hotel Ilunion Málaga (España), corriendo a cargo del Ilustrisimo Sr. Magistrado de la Audiencia Provincial de Málaga y profesor de Derecho Mercantil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, D. Enrique Sanjuán y Muñoz, y versó sobre los créditos subordinados por préstamos participativos y personas especialmente vinculadas, el hipotecante no deudor y el deudor no hipotecante en el concurso de acreedores y acciones de impugnación por fraude o invalidez de los actos del deudor concursado.

Parte de este texto también se ha editado en el "Sitio de Manuel”, bajo el título “Rememorando los préstamos participativos". Si bien los tres bloques temáticos fueron de interés, el primero, los préstamos participativos, rememoraron retazos de mi pasado profesional. Abajo te dejo una instantánea con el Ilustrísimo Magistrado.
Ilustrísimo Sr. Magistrado Juez de la Audiencia Provincial de Málaga (España), y profesor de Derecho Mercantil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, D. Enrique Sanjuán Muñoz (derecha) y Manuel Velasco Carretero